Elección del Contralor se mantiene en veremos en Valledupar | El Nuevo Siglo
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Domingo, 28 de Julio de 2019
Redacción Nacional
Primero se tiene que materializar destitución de 16 concejales, que ordenó la Procuraduría
 

A pesar de que en días pasados el Consejo de Estado conminó al Concejo de Valledupar, Cesar, a elegir con prontitud al Contralor municipal, después de que en junio anterior el alto Tribunal declarara la nulidad de la elección de Omar Javier Contreras Socarrás, lo cierto es que primero se tiene que hacer efectiva la destitución que ordenó la Procuraduría de 16 de los 19 concejales por las irregularidades que consideró se presentaron en la escogencia de esta persona, y posteriormente habrá la necesidad de llamar a los siguientes en las listas para llenar las plazas que se produzcan por esta decisión disciplinaria.

El pasado 26 de junio la Procuraduría General de la Nación confirmó la destitución e inhabilidad por 12 años para ejercer cargos públicos a 16 de los actuales concejales de Valledupar, por irregularidades en la elección del Contralor Municipal.

La medida cobija a los cabildantes Víctor Julio Alvarado Bolaños, José Amiro Aramendis Sierra, Jaime Eduardo Bornacelly Figueroa, Carlos Alberto Daza Lobo, José Rafael Gómez Solano, Ricardo José López Valera, Leonardo José Mestre Socarrás, Gabriel Muvdi Aranguena, Eudes Enrique Orozco Daza, Wilfrido Ortiz Arias, Gloria Margarita Ovalle Aguancha, Alex Pana Zarate, Carlos Julián Picón Cortes, Luis Miguel Santrich Díaz, Yesith Triana Amaya y Roberto Carlos Castro Romero.

El Ministerio Público señaló que los disciplinados incurrieron en falta al omitir el cumplimiento de sus funciones y deberes cuando eligieron como contralor municipal a Omar Contreras Socarrás, sin considerar que dentro del año anterior había ejercido como Defensor del Pueblo del Cesar, por lo que se encontraba inhabilitado.

En el fallo de segunda instancia, el ente de control calificó la falta como gravísima a título de dolo, por la vulneración a los principios de buena fe, moralidad, igualdad y transparencia que rigen la administración pública.

Sin embargo el abogado Aldemar Montero, quien representó a seis de los  concejales en esta investigación disciplinaria que adelantó la Procuraduría, explicó a EL NUEVO SIGLO que “el conocimiento que tengo sobre el asunto es que el fallo aún no se encuentra ejecutoriado, teniendo en cuenta que la notificación de la decisión por medio de la cual la Procuradora Primera Delegada resolvió las solicitudes de adición, de aclaración y una recusación que le formularon, se encuentra suspendida teniendo en cuenta que durante el trámite de esa notificación ella fue recusada”.

Añadió Montero que “como esa notificación de esa providencia no se ha materializado, la providencia aún no se encuentra ejecutoriada y como consecuencia de esa situación no ha sido ejecutada, pues teniendo en cuenta que no está ejecutoriada, la Procuradora Regional del Cesar no ha solicitado aún, como en efecto no puede hacerlo, al presidente del Concejo que ejecute la sanción y proceda a retirar del servicio a los concejales sancionados y declarar la respectiva vacancia”.

En un oficio al Consejo de Valledupar el Consejo de Estado señala “en firme esta providencia comunicarla al presidente del Concejo municipal de Valledupar para que adopten las medidas necesarias para hacerla efectiva, lo que implica que el Concejo de Valledupar deberá elegir un nuevo contralor de la lista de elegibles conformada para el efecto”.

De igual forma el pasado 18 de julio, los exconcejales y aspirantes a regresar a la corporación Ricardo Vives Fernández y Luis Efraín Cabello Donado, porque son siguientes en la lista a algunos de los corporados destituidos, presentaron una tutela para que se haga valer el fallo sancionatorio y no se admitan más recursos.

La defensa

El abogado Montero indicó que el argumento en defensa de seis de los concejales destituidos “fue la existencia de la eximente de responsabilidad, colisión de deberes y la inexistencia tanto de la imputación subjetiva en la modalidad de dolo, que en el grado de culpabilidad fue elevada por la Procuraduría Regional del Cesar, como de cualquier manifestación de indiligencia, de violación objetiva de reglamento, para descartar cualquier expresión de culpa gravísima, grave. Es decir a juicio nuestro, adicional a que no hay ilicitud sustancial porque había una colisión de deberes, no había culpabilidad”.

Montero explicó que los concejales destituidos están eximidos de responsabilidad porque “entendieron que al haberse ordenado expresamente por el Consejo de Estado en la sentencia que declaró la nulidad de la elección del señor Álvaro Castilla Fragozo, que se designara al señor Omar Javier Contreras Socarrás por encontrarse de primero en el orden de elegibilidad de la lista de elegibles conformada para tales efectos. Entendieron que ese deber era de mayor importancia que el de reivindicar el del principio de legalidad que les imponía la obligación de atender el régimen de inhabilidades e incompatibilidades que adicionalmente por las circunstancias de interpretación de  novedad jurisprudencial, si se quiere del cargo que ocupaba el elegido, les impedía con claridad llegar a la certeza de establecer la inhabilidad”.