Censo poblacional no impactó el censo electoral | El Nuevo Siglo
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Domingo, 11 de Agosto de 2019
Redacción Nacional

Para los comicios regionales de octubre próximo están habilitados para sufragar más de 37 millones de ciudadanos

 

Los resultados del Censo Poblacional 2018 entregados por el DANE fueron sorpresivos para la mayoría de colombianos al indicar que son 48.258.494 habitantes, y no los más de 50 millones que se creía.

A propósito para muchos resulta incomprensible a raíz de esto que el Censo Electoral antes por el contrario ha venido creciendo pues con miras a los comicios regionales de octubre pasará de los 37 millones, según datos preliminares, mientras que para iguales elecciones de 2015 fue de 33.792.602.

Sin embargo el Censo Electoral y el Censo Poblacional si bien coinciden en que su base de conformación son los ciudadanos, sus cifras no se pueden comparar porque estos instrumentos tienen propósitos distintos.

El Censo Poblacional más allá de objetivos secundarios como saber el nivel de educación o en qué tipo de vivienda habitan los ciudadanos, su fin principal es conocer cuántos somos. Por su parte en el Censo Electoral están las personas habilitadas para votar en una determinada elección.

La Ley 1475 de 2011 definió en su artículo 47 el Censo Electoral como “el registro general de las cédulas de ciudadanía correspondientes a los ciudadanos colombianos, residentes en el país y en el exterior, habilitados por la Constitución y la ley para ejercer el derecho de sufragio y, por consiguiente, para participar en las elecciones y para concurrir a los mecanismos de participación ciudadana”.

El Censo Electoral se actualiza todos los días incluyendo las cédulas expedidas por primera vez, al cumplir 18 años; agregando también las cédulas expedidas a quienes adquieren la nacionalidad colombiana; incorporando aquellas cédulas que habían perdido temporalmente su vigencia; y también incorporando las cédulas de los ciudadanos que habían perdido temporalmente sus derechos políticos por sentencia condenatoria.

En tanto que a diario se excluyen del Censo Electoral cédulas canceladas por muerte; renuncia a la nacionalidad colombiana; sentencias condenatorias que incluyen la interdicción de derechos políticos por un tiempo; e ingreso del ciudadano a la Fuerza Pública en calidad de personal uniformado.

El próximo 27 de agosto cierra el periodo de 10 meses para que inscriban su cédula y puedan votar en las elecciones de octubre próximo los ciudadanos que cambiaron de municipio o que viven en el mismo en que sufragaron en los pasados comicios, pero quieren modificar el puesto de votación.

Con este trámite quedará cerrado el Censo Electoral para las elecciones de octubre próximo, que como se dijo pasará de los 37 millones de ciudadanos.

Por qué las diferencias

El exregistrador Delegado para lo Electoral, Alfonso Portela, explicó a EL NUEVO SIGLO que “ese tema ya lo he revisado y lo que puedo decir al respecto es que si bien es cierto tienen en común la palabra censo, su forma de estructurarse pueda que constituya la diferencia”.

Añadió que el “Censo Electoral se alimenta de las cédulas que se expiden indistintamente de la residencia. Eso quiere decir que, por ejemplo, un ciudadano sacó la cédula en Bogotá, se habilitó en el Censo Electoral de Bogotá pero esta persona por razones familiares, de trabajo, se fue para Barranquilla pero a este ciudadano no le llama la atención el tema electoral”.

En consecuencia, dijo Portela, “cuando el Censo Poblacional va y le golpea a la casa a este ciudadano lo va a meter dentro del Censo Poblacional de Barranquilla, pero este ciudadano electoralmente está ubicado en Bogotá. Entonces ahí puede haber un juego de un número muy importante de personas”.

Otra razón que explicaría porque el Censo Electoral crece en mayor medida que el Censo Poblacional es por “cuántas personas se han calculado que viven en el exterior y forman parte del Censo Electoral, no menos de 3 millones, pero no hacen parte del Censo Poblacional porque viven en el exterior”, dijo Portela.

Añadió que “la dinámica de alimentación del Censo Electoral está basada en que entran y entran cédulas, independientemente de los movimientos internos, y la única forma de que salgan cédulas es por muerte, por pérdida de derechos políticos, que eso inclusive es temporal, y cuando se pertenece a la Fuerza Pública, que también es temporal”.

Portela dijo además que si se hace el ejercicio de comparar el Censo Electoral con el de Población, por ejemplo, Puerto Gaitán (Meta) tiene más de 9 mil electores más que población. Y encontramos 143 municipios que tienen más electores que habitantes. Eso obedece a trasteo de electores, puede obedecer a factores de residencia”.

Por ello Portela concluyó que el Censo Electoral y el Censo Poblacional pueden servir de referencia, “pero jamás ponerlos a la par para hacer una comparación”.